Radar regulatorio · Crédito digital

¿Cuánto puede costar legalmente un crédito de consumo en Latinoamérica?

Un mapa comparativo de los límites máximos aplicables, sus diferencias metodológicas y lo que significan para diseñar productos de crédito digital en la región.

Technovation
17 de agosto de 2026
Lectura: 6 minutos

Hablar de una “tasa máxima latinoamericana” puede conducir a una comparación equivocada. Algunos países establecen un límite numérico; otros aplican fórmulas que cambian según monto, plazo, moneda, producto o tipo de acreedor; y varios no fijan un techo general único para los préstamos personales.

El mapa permite revisar cada jurisdicción, su alcance, vigencia y fuente oficial. Toca un país para ir directamente a su ficha regulatoria.

Explorador regional

Tasas máximas para crédito de consumo

Las cifras corresponden al caso de referencia descrito en cada ficha y no siempre son directamente comparables.

Toca un país para ir a su ficha regulatoriaCorte: 17 ago 2026
Hasta 30%
Más de 30% a 60%
Más de 60%
Variable o condicionado
Sin tope único

Fichas regulatorias por país

Argentina

Sin tope

Sin tope único

Préstamos personales: no existe un techo legal general único; las tasas compensatorias se conciertan libremente, salvo regímenes específicos.

Marco general; las tarjetas de crédito tienen reglas propias.

Fuente oficial ↗

Bolivia

Sin tope

Sin tope único

Crédito de consumo: segmento no sujeto a una tasa máxima general. Los topes de la Ley 393 se concentran en crédito productivo y vivienda de interés social.

Marco general vigente; depende del producto y la entidad.

Fuente oficial ↗

Brasil

Sin tope

Sin tope único

Crédito personal bancario: no hay un límite general fijado por el CMN o el Banco Central. Existen topes para líneas específicas, como ciertos créditos consignados.

Marco general; no aplica a modalidades reguladas por separado.

Fuente oficial ↗

Chile

41,50%

Tope numérico

Operación no reajustable en moneda nacional, plazo de 90 días o más y monto de hasta 50 UF. Tasa Máxima Convencional anual lineal.

Vigente desde el 14 de agosto de 2026 hasta la siguiente publicación.

Fuente oficial ↗

Colombia

29,66%

Tope numérico

Crédito de consumo y ordinario. Tope de usura deducido como 1,5 veces el Interés Bancario Corriente de 19,77% E.A.

Vigente del 1 al 31 de agosto de 2026.

Fuente oficial ↗

Costa Rica

36,48%

Tope numérico

Todo tipo de crédito en colones, salvo microcrédito. Para microcrédito en colones el máximo publicado es 51,51% anual.

Tasa publicada por el BCCR en agosto de 2026.

Fuente oficial ↗

Cuba

Variable

No comparable

No se incorpora una cifra comparable para crédito de consumo privado en esta edición.

Requiere análisis del régimen administrativo y del tipo de entidad.

Fuente pendiente de validación

Ecuador

16,77%

Tope numérico

Tasa Activa Efectiva Máxima para el segmento Consumo, aplicable al sistema financiero privado, público y popular y solidario.

Agosto de 2026.

Fuente oficial ↗

El Salvador

Variable

Variable o condicionado

La Tasa Máxima Legal se publica por segmento, monto, plazo y tipo de acreedor; no existe una sola tasa de consumo representativa.

Consultar la tabla semestral vigente antes de originar.

Fuente oficial ↗

Guatemala

Sin tope

Sin tope único

Los bancos pactan libremente con los usuarios las tasas de interés, comisiones y demás cargos, conforme al artículo 42 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros.

Marco general para bancos autorizados.

Fuente oficial ↗

Haití

Variable

No comparable

No se incorpora una cifra oficial comparable para crédito de consumo en esta edición.

Dato pendiente de validación regulatoria local.

Fuente pendiente de validación

Honduras

Sin tope

Sin tope único

No se identificó un techo general único para préstamos personales. La regulación sí contempla un máximo específico de 54% para tarjetas de crédito.

El 54% no debe trasladarse a préstamos personales.

Fuente oficial ↗

México

Sin tope

Sin tope único

No existe un porcentaje legal único de usura para crédito personal bancario; las condiciones se pactan por producto y una tasa excesiva puede ser reducida judicialmente.

Marco general; debe evaluarse CAT, tipo de entidad y precedente judicial.

Fuente oficial ↗

Nicaragua

Variable

Variable o condicionado

Para préstamos entre particulares, el máximo es dos veces la tasa promedio ponderada publicada por el BCN. Bancos y microfinancieras autorizadas se rigen por normas propias.

La fórmula es mensual y depende de la clase de prestamista.

Fuente oficial ↗

Panamá

Sin tope

Sin tope único

Los bancos pueden fijar libremente las tasas activas y pasivas; el artículo 79 de la Ley Bancaria excluye la aplicación de otras normas con tasas máximas.

Marco aplicable a entidades bancarias.

Fuente oficial ↗

Paraguay

27,26%

Tope numérico

Tasa usuraria en moneda nacional para créditos de consumo. Corresponde al límite publicado por el Banco Central del Paraguay.

Agosto de 2026.

Fuente oficial ↗

Perú

114,13%

Tope numérico

Créditos de consumo, consumo de bajo monto y pequeñas y microempresas otorgados por empresas del sistema financiero, en moneda nacional.

Período mayo–octubre de 2026.

Fuente oficial ↗

República Dominicana

Sin tope

Sin tope único

No se identificó un techo legal general único comparable para préstamos personales; el mercado publica tasas por entidad y producto.

La tasa activa promedio de banca múltiple fue 13,79% en julio de 2026; no es un máximo legal.

Fuente oficial ↗

Uruguay

122,23%

Variable o condicionado

Tope mostrado por el BCU para una categoría de crédito a familias. Uruguay diferencia por monto, plazo, moneda y autorización de descuento, por lo que no hay un único tope de consumo.

Referencia vigente consultada en agosto de 2026; validar la categoría exacta.

Fuente oficial ↗

Venezuela

Variable

Variable o condicionado

Régimen administrado con tasas y mecanismos específicos por producto; no se incorpora una cifra única comparable para crédito de consumo.

Consultar los avisos vigentes del BCV y la modalidad contractual.

Fuente oficial ↗

Lectura ejecutiva

Tres conclusiones para una operación de crédito

01

No existe un estándar regional único

Una tasa permitida en un país no puede trasladarse mecánicamente a otro. La definición del producto, la entidad y el segmento es tan importante como el porcentaje publicado.

02

La cifra más alta no siempre es comparable

Uruguay diferencia por categoría y Perú aplica un límite para un conjunto específico de créditos. Compararlos exige revisar la convención de tasa, el plazo y el alcance regulatorio.

03

El máximo legal no es el precio recomendado

El pricing debe integrar riesgo, fondeo, costos operativos, mora, adquisición y capacidad de pago. El límite regulatorio es una restricción, no una estrategia comercial.